PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Se le denomina principios generales del Derecho a aquellos enunciados de carácter normativo, estos principios son utilizados por jueces, legisladores, por creadores de doctrinas y por juristas, ya sea para la integración de derechos legales o la interpretación de normas jurídicas en donde la aplicación de la misma resulta dudosa.
Los principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son:
1. La función creativa. Permite establecer que antes de la creación o promulgación de una norma jurídica, el legislador debe tener pleno conocimiento de los principios para basarse en ellos y poder positivizarlos.
2. La función interpretativa. Implica que al interpretar las normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.
3. La función integradora. Significa que quien va a colmar un vacio legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético.
Algunos de los principios del Derecho son los siguientes:
1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
2.- Quien puede lo más, puede lo menos.
3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño.
4.- Nadie está obligado a lo imposible.
5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro.
6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído.
7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo.
8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público.
9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a la equidad.
10.- El Derecho nace del hecho.
11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas.
12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor.
13.- El género se deroga por la especie.
14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace.
15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata.
16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno.
17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia.
18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza.
19.- Lo que no está prohibido, está permitido.
20.- El primero en tiempo, es primero en derecho.